La retención de IRPF
La retención a cuenta del IRPF es el porcentaje que la empresa descuenta de cada nómina y adelanta a Hacienda por ti. Se calcula con una escala progresiva estatal (art. 85 RD 439/2007), sobre una base a la que se restan las cotizaciones y las reducciones. Esta página explica el algoritmo (base → cuota 1 − cuota 2 → tipo) sin fijar tramos hasta su confirmación.

La retención a cuenta del IRPF es la parte del impuesto sobre la renta que tu empresa descuenta de cada nómina y adelanta a Hacienda en tu nombre, mes a mes, en lugar de que pagues todo el impuesto de golpe en la declaración anual. No es un impuesto aparte: es un anticipo del IRPF que se regulariza cuando presentas la declaración de la renta, donde puede salirte a devolver o a pagar según lo retenido a lo largo del año.
El porcentaje que te retienen no es fijo ni el mismo para todo el mundo. Se calcula a partir de tu retribución anual prevista, tus circunstancias personales y familiares y una escala progresiva. Esta página explica cómo se obtiene ese tipo de retención paso a paso; la calculadora aplica ese mismo algoritmo y te muestra el tipo que resulta para tu sueldo, en vez de un número fijo.
Cómo se calcula el tipo de retención
El procedimiento está fijado en el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007, arts. 80–86) y sigue esta secuencia:
- La base para calcular el tipo de retención. Se parte de la retribución íntegra anual y se le restan las cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador, el gasto por «otros gastos» del art. 19.2.f (2000 € anuales) y, si procede, la reducción por rendimientos del trabajo del art. 20. El resultado es la base sobre la que se mide el tipo.
- Cuota 1. Se aplica la escala de retención a esa base.
- Cuota 2. Se aplica la misma escala al mínimo personal y familiar (tu mínimo del contribuyente más el mínimo por descendientes).
- Cuota de retención = Cuota 1 − Cuota 2 (art. 85.1), con un suelo de cero. Restar la cuota del mínimo funciona como un crédito de escala: por eso, a igualdad de sueldo, más hijos suponen una retención más baja.
- Tipo de retención (%). Es la cuota de retención dividida entre la retribución total, expresada en porcentaje con dos decimales (art. 86.1). Ese tipo se aplica a cada nómina.
Como el mínimo personal y familiar se descuenta a través de la escala (cuota 2), el mecanismo es el de un crédito por tramos, no una simple deducción lineal. La consecuencia práctica es la que ves en la calculadora: cuando cambias el número de hijos, el tipo de retención —y con él el neto mensual— se mueve al instante.
La escala de retención
La escala estatal de retención es progresiva: se divide en 6 tramos y cada tramo grava solo la parte de base que cae dentro de él, con tipos que van del 19 % al 47 %. Los valores de esta tabla son los tipos vigentes en 2026 y se muestran para ilustrar la estructura; no han pasado por la revisión y la firma propias de este sitio.
| Base para calcular el tipo | Tipo aplicable al tramo |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19 % |
| De 12.450 € a 20.200 € | 24 % |
| De 20.200 € a 35.200 € | 30 % |
| De 35.200 € a 60.000 € | 37 % |
| De 60.000 € a 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |
Recuerda que el tipo de la tabla es marginal: solo se aplica a la parte de base que entra en cada tramo, no a todo el sueldo. Por eso el tipo de retención efectivo (el porcentaje que de verdad te descuentan sobre el total) es siempre menor que el tipo del tramo más alto que alcanzas.
Una sola escala estatal: por qué tu comunidad autónoma no cambia la nómina
Este es el punto que más confusión genera. La retención mensual que calcula tu empresa se rige por una única escala estatal, fijada en el Reglamento del IRPF (art. 85.1 RD 439/2007, en relación con el art. 101 de la Ley 35/2006). No aplica las 17 escalas autonómicas. Un trabajador en Madrid y otro en Cataluña con el mismo sueldo bruto tienen la misma retención mensual.
El IRPF sí se reparte al 50 % entre el Estado y tu comunidad autónoma, y cada comunidad fija su propia escala. Pero esa diferencia autonómica se liquida en la declaración anual de la renta (donde te sale a devolver o a pagar), no en la nómina mensual. Por eso esta herramienta calcula la retención estatal de la nómina y no incluye un selector de comunidad autónoma: hacerlo daría un neto mensual falso.
Qué queda fuera de este cálculo
El cálculo asume el caso estándar: trabajo por cuenta ajena en el Régimen General, contrato indefinido y residencia en territorio común. Quedan fuera, y no se modelan aquí, dos regímenes especiales:
- El régimen de impatriados (la conocida «ley Beckham»), un tipo fijo para quienes se trasladan a España cumpliendo requisitos: no sigue la escala progresiva.
- Los regímenes forales del País Vasco y Navarra, que tienen sus propias haciendas y escalas, distintas de la estatal.
Si tu caso es uno de estos, la retención se calcula con reglas diferentes a las que describe esta página.
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