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Cálculo de la pensión
La cuantía es la base reguladora multiplicada por un porcentaje. La base reguladora se obtiene de un número de bases de cotización que crece cada año hasta 2037; el porcentaje parte del 50 % a los quince años cotizados y sube mes a mes. Encima de todo hay un tope máximo que no fija la ley general de la Seguridad Social, que remite a la ley de presupuestos, sino —a falta de ella este ejercicio— un real decreto-ley.
La base reguladora
Para una pensión causada en 2026, la base reguladora es la suma de las 302 bases de cotización más altas de los 304 meses anteriores, dividida entre 352,33. Las 2 bases más bajas del periodo se descartan. Ese divisor no es arbitrario: recoge que la pensión se paga en 14 pagas al año.
Las bases de los 24 meses más recientes se toman por su valor nominal; el resto se actualiza con la evolución del IPC.
El periodo crece cada año hasta 2037
| Desde | Meses considerados | Bases seleccionadas | Divisor |
|---|---|---|---|
| 2026 | 304 | 302 | 352.33 |
| 2027 | 308 | 304 | 354.67 |
| 2028 | 312 | 306 | 357 |
| 2029 | 316 | 308 | 359.33 |
| 2030 | 320 | 310 | 361.67 |
| 2031 | 324 | 312 | 364 |
| 2032 | 328 | 314 | 366.33 |
| 2033 | 332 | 316 | 368.67 |
| 2034 | 336 | 318 | 371 |
| 2035 | 340 | 320 | 373.33 |
| 2036 | 344 | 322 | 375.67 |
| 2037 en adelante | 348 | 324 | 378 |
Fundamento legal: Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), disposición transitoria cuadragésima; Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 209.1; Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 209.1.c); Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, art. 1 (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)
El porcentaje
Sobre la base reguladora se aplica un porcentaje: 50 % por los primeros 15 años cotizados, y a partir de ahí una cantidad por cada mes adicional. En 2026 se alcanza el 100 % con 36 años y 6 meses cotizados; desde 2027 hará falta 37 años.
- Los primeros 49 meses adicionales: 0,21 % cada uno.
- Los siguientes 209 meses adicionales: 0,19 % cada uno.
Fundamento legal: Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), disposición transitoria novena; Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 210.1.b); Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 210.1.a) (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)
Los límites
La cuantía inicial no puede superar 3.359,60 € al mes, que son 47.034,40 € al año en 14 pagas. Ese tope no lo fija el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que remite a la ley de presupuestos; y como no se ha aprobado una Ley de Presupuestos Generales del Estado para este ejercicio, lo fija un real decreto-ley, con efecto hasta que se apruebe la correspondiente ley de presupuestos.
Fundamento legal: Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, art. 1; Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, art. 3.1; Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 57; Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 209.1 (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)
Las pensiones ya causadas se revalorizaron un 2,7 % en 2026.
Fundamento legal: Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, art. 2.1; Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, art. 6 (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)
Mínimos de jubilación
| Situación | Al año | Al mes |
|---|---|---|
| jubilacion-65-con-conyuge-a-cargo | 17.592,40 € | 1.256,60 € |
| jubilacion-65-unidad-economica-unipersonal | 13.106,80 € | 936,20 € |
| jubilacion-65-con-conyuge-no-a-cargo | 12.441,80 € | 888,70 € |
| jubilacion-menor-65-con-conyuge-a-cargo | 17.592,40 € | 1.256,60 € |
| jubilacion-menor-65-unidad-economica-unipersonal | 12.262,60 € | 875,90 € |
| jubilacion-menor-65-con-conyuge-no-a-cargo | 11.590,60 € | 827,90 € |
Fundamento legal: Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, anexo I; Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, anexo I (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)
Retrasar la jubilación
Quien se jubila más tarde de su edad ordinaria elige, una sola vez y de forma irrevocable, entre un porcentaje adicional por año completo, un pago único calculado con una fórmula publicada, o una combinación de ambos que está pendiente de desarrollo reglamentario. Si no elige, se aplica el porcentaje adicional.
Fundamento legal: Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 210.2 (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)
Lo que esta página no puede decirte
No puede calcular tu base reguladora. Ese cálculo necesita tus bases de cotización mes a mes durante más de veinticinco años, actualizadas con el IPC de cada mes; esos datos los tiene la Seguridad Social, no esta página. Lo que hay aquí es la regla, no tu número.
Fundamento legal: Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la LGSS), art. 209.1.d) (vigente 01.01.2026 - 31.12.2026)